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LLANOGAS ANUNCIA AMPLIACIÓN DE BENEFICIOS ECONÓMICOS A USUARIOS


Llanogas anunció este miércoles 5 de agosto la ampliación del beneficio de pago diferido por un periodo de facturación adicional. Es decir, ahora este cubre las facturas del servicio público de gas domiciliario de los meses de abril, mayo, junio y julio.

En este sentido, los alivios económicos para los usuarios del servicio público de gas natural son los siguientes:

 

·  Los usuarios residenciales de los estratos 1 y 2 que no puedan realizar el pago en el mes de agosto, de su factura entregada en julio, se les diferirá de manera automática el consumo a 36 meses de la siguiente manera: a) El valor correspondiente al consumo de subsistencia (los primeros 20 m3) con tasa de interés del 0% y b) El consumo que exceda el consumo de subsistencia, con una tasa de interés que establezca la empresa conforme a las disposiciones normativas vigentes.

·  Los usuarios residenciales de los estratos 3 y 4 que no les sea posible pagar la factura de gas en el mes de agosto, de su factura entregada en julio, se les diferirá su consumo total del mes, incluido el cargo fijo, a 24 cuotas con una tasa de interés que establezca la empresa conforme a las disposiciones normativas vigentes.

· Recordamos igualmente a nuestros usuarios, que el período de gracia establecido en la Resolución CREG 059 de 2020 finaliza en el mes de julio, por tanto las primeras cuotas diferidas comenzarán a reflejarse en la factura que recibirá en el mes de agosto.

En este periodo de gracia, el consumo que excede al de subsistencia, es decir, el consumo que exceda los primeros 20 metros cúbicos, será sujeto de causación de intereses a la tasa indicada en los numerales anteriores, que igualmente se diferirán a 36 o 24 meses según corresponda. 

Una vez se inicie el cobro de las cuotas diferidas y si el usuario no efectúa el pago de las mismas dentro de los plazos establecidos por la empresa, se procederá con la suspensión del servicio.


·  Los usuarios que se acojan a la medida de pago diferido podrán pagar dicho saldo de manera anticipada al plazo definido, en cualquier momento, sin aplicación de sanciones ni de costos adicionales por parte de la empresa.

·   El decreto ley 517 de 2020 ha establecido como alternativa de solidaridad, que los usuarios residenciales de los estratos 4, 5, 6 y usuarios comerciales e industriales aporten voluntariamente el valor sugerido por la empresa en la factura, que para este caso es de quinientos pesos Mcte ($500), el cual los usuarios en mención tendrán la posibilidad de incluirlo comunicándose a través de nuestras líneas de atención al cliente y en la página de internet www.llanogas.com Estos recursos serán trasladados a la cuenta bancaria que disponga el Ministerio de Minas y Energía, entidad que los destinará para brindar alivios económicos en servicios domiciliarios de gas combustible a los usuarios que ellos determinen.

Adicionalmente, a los usuarios que no hayan realizado el pago en el mes de abril de la factura entregada en el mes marzo, este monto aparecerá como valor en mora en la factura que se entregará en el mes de julio para pagar en agosto.